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TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES

Artículo 1.  La oferta por tiempo limitado Promos Desayunos pertenece a QZCR con cédula jurídica, 3-102-711695, empresa con domicilio en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Ofibodegas del Oeste, bodega número quince, denominada para efectos del presente reglamento como "Smashburger Costa Rica".

Artículo 2.  La oferta por tiempo limitado aplica del 1° de marzo del 2026 al 30 de marzo del 2026 la siguiente oferta estará disponible en Smashburger Costa Rica seleccionados.

Esta promoción consiste en 3 promociones para desayunos, que cuenta con los siguientes detalles:

  • Smashburger App
    -2x1 Egg Bacon & Cheese + Café 
    -Tostadas Francesas + Egg Bacon & Cheese + Café 
    -2x1 Tater Tots –

  • Uber Eats
    -2x1 Egg Bacon & Cheese + Café 
    -Tostadas Francesas + Egg Bacon & Cheese + Café 
    -2x1 Tater Tots 

  • Pedidos Ya
    -2x1 Egg Bacon & Cheese + Café 
    -2x1 Tostadas Francesas

Artículo3.  Por el "Reglamento" entiéndase este documento por la "Oferta por tiempo limitado" la actividad promocional que aquí se regula, por "Participante" la persona física y jurídica que cumpla a satisfacción de la Empresa, con las condiciones establecidas por este Reglamento. Es decir, la promoción es válida únicamente para personas físicas y jurídicas. 

Artículo4.  Pueden participar en esta promoción cualquier persona física y jurídicas. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.

RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES

Artículo5.  Esta Promoción NO aplica en conjunto con otras promociones Combos Ejecutivos, Smash Share, Smash Pack, Menú de Niños, otras promociones 2x1 o bien descuentos, alianzas comerciales y canales de venta externos establecidas por Smashburger Costa Rica.

Artículo 6.  Aplica en plataformas de reparto como Uber Eats, Pedidos Ya y Smashburger App.

Artículo 7.  No es válida la aplicación del programa de lealtad.

Artículo 8.  Imágenes con fines ilustrativos. No se permite hacer cambios.

Aplica únicamente en el siguiente restaurante:

  • Smashburger Plaza Amara.

Artículo 9.  El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

Artículo 10.  El organizador es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación del mismo. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste. Los Participantes son responsables de corroborar que ningún ingrediente y alimentos de Smashburger Costa Rica les pudiese producir alguna alergia y/o reacción no deseada en su organismo.

Artículo 11.  Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

Artículo 12.  Para mayor información o consultas se puede llamar al número (506) 4000-1366 o bien por correo electrónico a [email protected]. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento. 

TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES

Artículo 1.  La oferta por tiempo limitado Pack Desayuno pertenece a QZCR con cédula jurídica, 3-102-711695, empresa con domicilio en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Ofibodegas del Oeste, bodega número quince, denominada para efectos del presente reglamento como "Smashburger Costa Rica".

Artículo 2.  La oferta por tiempo limitado aplica únicamente del 1° de Marzo del 2026 al 30 de Marzo del 2026 la siguiente oferta estará disponible en Smashburger Costa Rica seleccionados.

Esta promoción consiste en un Pack de Desayuno, que cuenta con los siguientes detalles:

  • 4 opciones a elegir entre:
    (Egg Bacon & Cheese, 3 Pancakes o 4 Tostadas Francesas) + 4 cafés

Precio: ₡13.900

Artículo3.  Por el "Reglamento" entiéndase este documento por la "Oferta por tiempo limitado" la actividad promocional que aquí se regula, por "Participante" la persona física y jurídica que cumpla a satisfacción de la Empresa, con las condiciones establecidas por este Reglamento. Es decir, la promoción es válida únicamente para personas físicas y jurídicas. 

Artículo4.  Pueden participar en esta promoción cualquier persona física y jurídicas. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.

RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES

Artículo5.  Esta Promoción NO aplica en conjunto con otras promociones Combos Ejecutivos, Smash Share, Smash Pack, Menú de Niños, promociones 2x1 o bien descuentos, alianzas comerciales y canales de venta externos establecidas por Smashburger Costa Rica.

Artículo 6.  Aplica únicamente en Uber Eats y Smashburger App. NO aplica en Pedidos Ya.

Artículo 7.  No es válida la aplicación del programa de lealtad.

Artículo 8.  Imágenes con fines ilustrativos. No se permite hacer cambios.

Aplica únicamente en los siguientes restaurantes:

  • Smashburger Plaza Amara.

Artículo 9.  El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

Artículo 10.  El organizador es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación del mismo. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste. Los Participantes son responsables de corroborar que ningún ingrediente y alimentos de Smashburger Costa Rica les pudiese producir alguna alergia y/o reacción no deseada en su organismo.

Artículo 11.  Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

Artículo 12.  Para mayor información o consultas se puede llamar al número (506) 4000-1366 o bien por correo electrónico a [email protected]. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento. 

TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES

Artículo 1.  La oferta por tiempo limitado BAC Combo pertenece a QZCR con cédula jurídica, 3-102-711695, empresa con domicilio en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Ofibodegas del Oeste, bodega número quince, denominada para efectos del presente reglamento como "Smashburger Costa Rica".

Artículo 2.  La oferta por tiempo limitado aplica a partir del 15 de marzo del 2026 al 15 de mayo 2026 la siguiente oferta estará disponible en Smashburger Costa Rica seleccionados.

Esta promoción consiste en:

  • Doble Classic Smsh+ fries + bebida

Precio: 9.648 colones
NOTA: Aplican todas las proteínas. Válido únicamente en ordenes gestionadas en restaurante. Aplica al pagar con la roja del BAC.

Artículo3.  Por el "Reglamento" entiéndase este documento por la "Oferta por tiempo limitado" la actividad promocional que aquí se regula, por "Participante" la persona física y jurídica que cumpla a satisfacción de la Empresa, con las condiciones establecidas por este Reglamento. Es decir, la promoción es válida únicamente para personas físicas y jurídicas. 

Artículo4.  Pueden participar en esta promoción cualquier persona física y jurídicas. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.

RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES

Artículo5.  Esta Promoción NO aplica en conjunto con otras promociones Combos Ejecutivos, Smash Share, Smash Pack, Menú de Niños, promociones 2x1 o bien descuentos, alianzas comerciales y canales de venta externos establecidas por Smashburger Costa Rica.

Artículo 6.  No aplica en plataformas de reparto como Uber Eats, Pedidos Ya y Smashburger APP.

Artículo 7.  No es válida la aplicación del programa de lealtad.

Artículo 8.  Imágenes con fines ilustrativos. No se permite hacer cambios.

Aplica en los siguientes restaurantes:

  • Smashburger Sabana Oeste.
  • Smashburger Plaza Amara.
  • Smashburger Lincoln Plaza.

Artículo 9.  El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

Artículo 10.  El organizador es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación del mismo. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste. Los Participantes son responsables de corroborar que ningún ingrediente y alimentos de Smashburger Costa Rica les pudiese producir alguna alergia y/o reacción no deseada en su organismo.

Artículo 11.  Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

Artículo 12.  Para mayor información o consultas se puede llamar al número (506) 4000-1366 o bien por correo electrónico a [email protected]. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento. 

TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES

Artículo 1.  La oferta por tiempo limitado Combo Classic Smash pertenece a QZCR con cédula jurídica, 3-102-711695, empresa con domicilio en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Ofibodegas del Oeste, bodega número quince, denominada para efectos del presente reglamento como "Smashburger Costa Rica".

Artículo 2.  La oferta por tiempo limitado aplica del 01 de Marzo del 2026 al 30 de Marzo del 2026 la siguiente oferta estará disponible en Smashburger Costa Rica seleccionados.

Esta promoción consiste en un Combo Classic Smash, que cuenta con los siguientes detalles:

  • Classic Smash (todas las proteínas) + papas o tater tots + bebida.

    Precio Restaurante y Smashburger App: ₡6.100
    Precio Uber Eats: ₡7.100

Artículo3.  Por el "Reglamento" entiéndase este documento por la "Oferta por tiempo limitado" la actividad promocional que aquí se regula, por "Participante" la persona física y jurídica que cumpla a satisfacción de la Empresa, con las condiciones establecidas por este Reglamento. Es decir, la promoción es válida únicamente para personas físicas y jurídicas. 

Artículo4.  Pueden participar en esta promoción cualquier persona física y jurídicas. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.

RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES

Artículo5.  Esta Promoción NO aplica en conjunto con otras promociones Combos Ejecutivos, Smash Share, Smash Pack, Menú de Niños, promociones 2x1 o bien descuentos, alianzas comerciales y canales de venta externos establecidas por Smashburger Costa Rica.

Artículo 6.  Aplica en plataformas de reparto como Uber Eats y Smashburger APP.

Artículo 7.  No es válida la aplicación del programa de lealtad.

Artículo 8.  Imágenes con fines ilustrativos. No se permite hacer cambios.

Aplica en los siguientes restaurantes:

  • Smashburger Sabana Oeste.
  • Smashburger Plaza Amara.
  • Smashburger Lincoln Plaza.

Artículo 9.  El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

Artículo 10.  El organizador es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación del mismo. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste. Los Participantes son responsables de corroborar que ningún ingrediente y alimentos de Smashburger Costa Rica les pudiese producir alguna alergia y/o reacción no deseada en su organismo.

Artículo 11.  Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

Artículo 12.  Para mayor información o consultas se puede llamar al número (506) 4000-1366 o bien por correo electrónico a [email protected]. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento. 

TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES

Artículo 1.  La oferta por tiempo limitado 2x1 All-American Cheeseburger pertenece a QZCR con cédula jurídica, 3-102-711695, empresa con domicilio en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Ofibodegas del Oeste, bodega número quince, denominada para efectos del presente reglamento como "Smashburger Costa Rica".

Artículo 2.  La oferta por tiempo limitado aplica únicamente los días Lunes a Jueves del mes de Marzo del 2026 la siguiente oferta estará disponible en Smashburger Costa Rica seleccionados.

Esta promoción consiste en un 2x1 en All-American Cheeseburger, que cuenta con los siguientes detalles:

  • 2x1 All-American Cheeseburger – Lunes a Jueves

    -Smashburger App - ₡5.590
    -Uber Eats – Precio ₡6.050
    -Pedidos Ya – Precio ₡6.050

    NOTA: Aplican todas las proteínas. NO incluyen papas.

Artículo3.  Por el "Reglamento" entiéndase este documento por la "Oferta por tiempo limitado" la actividad promocional que aquí se regula, por "Participante" la persona física y jurídica que cumpla a satisfacción de la Empresa, con las condiciones establecidas por este Reglamento. Es decir, la promoción es válida únicamente para personas físicas y jurídicas. 

Artículo4.  Pueden participar en esta promoción cualquier persona física y jurídicas. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.

RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES

Artículo5.  Esta Promoción NO aplica en conjunto con otras promociones Combos Ejecutivos, Smash Share, Smash Pack, Menú de Niños, otras promociones 2x1 o bien descuentos, alianzas comerciales y canales de venta externos establecidas por Smashburger Costa Rica.

Artículo 6.  Aplica en plataformas de reparto como Uber Eats, Pedidos Ya y Smash APP.

Artículo 7.  No es válida la aplicación del programa de lealtad.

Artículo 8.  Imágenes con fines ilustrativos. No se permite hacer cambios.

Aplica en los siguientes restaurantes:

  • Smashburger Sabana Oeste.
  • Smashburger Plaza Amara.
  • Smashburger Lincoln Plaza.

Artículo 9.  El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

Artículo 10.  El organizador es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación del mismo. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste. Los Participantes son responsables de corroborar que ningún ingrediente y alimentos de Smashburger Costa Rica les pudiese producir alguna alergia y/o reacción no deseada en su organismo.

Artículo 11.  Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

Artículo 12.  Para mayor información o consultas se puede llamar al número (506) 4000-1366 o bien por correo electrónico a [email protected]. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento. 

TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES

Artículo 1.  La oferta por tiempo limitado 2x1 Classic Smash pertenece a QZCR con cédula jurídica, 3-102-711695, empresa con domicilio en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Ofibodegas del Oeste, bodega número quince, denominada para efectos del presente reglamento como "Smashburger Costa Rica".

Artículo 2.  La oferta por tiempo limitado aplica únicamente de Lunes a Jueves del mes de Marzo 2026 la siguiente oferta estará disponible en Smashburger Costa Rica seleccionados.

Esta promoción consiste en un 2x1 en Classic Smash, que cuenta con los siguientes detalles:

  •  Smashburger App
    -2x1 Classic Smash – Lunes a Jueves
    Precio: ₡5.590

  • Uber Eats
    -2x1 Classic Smash – Lunes a Jueves 
    Precio: ₡6.050

  • Pedidos Ya
    -2x1 Classic Smash – Lunes a Jueves
    Precio: ₡6.050

NOTA: Aplican todas las proteínas. NO incluyen papas ni bebida.

Artículo3.  Por el "Reglamento" entiéndase este documento por la "Oferta por tiempo limitado" la actividad promocional que aquí se regula, por "Participante" la persona física y jurídica que cumpla a satisfacción de la Empresa, con las condiciones establecidas por este Reglamento. Es decir, la promoción es válida únicamente para personas físicas y jurídicas. 

Artículo4.  Pueden participar en esta promoción cualquier persona física y jurídicas. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.

RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES

Artículo5.  Esta Promoción NO aplica en conjunto con otras promociones Combos Ejecutivos, Smash Share, Smash Pack, Menú de Niños, promociones 2x1 o bien descuentos, alianzas comerciales y canales de venta externos establecidas por Smashburger Costa Rica.

Artículo 6.  Aplica en plataformas de reparto como Uber Eats, Pedidos Ya y Smashburger APP. No aplica para compras gestionadas y para consumo en restaurante.

Artículo 7.  No es válida la aplicación del programa de lealtad.

Artículo 8.  Imágenes con fines ilustrativos. No se permite hacer cambios.

Aplica en los siguientes restaurantes:

  • Smashburger Sabana Oeste.
  • Smashburger Plaza Amara.
  • Smashburger Lincoln Plaza.

Artículo 9.  El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

Artículo 10.  El organizador es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación del mismo. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste. Los Participantes son responsables de corroborar que ningún ingrediente y alimentos de Smashburger Costa Rica les pudiese producir alguna alergia y/o reacción no deseada en su organismo.

Artículo 11.  Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

Artículo 12.  Para mayor información o consultas se puede llamar al número (506) 4000-1366 o bien por correo electrónico a [email protected]. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento. 

TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES

Artículo 1.  La oferta por tiempo limitado Smash Combos pertenece a QZCR con cédula jurídica, 3-102-711695, empresa con domicilio en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Ofibodegas del Oeste, bodega número quince, denominada para efectos del presente reglamento como "Smashburger Costa Rica".

Artículo 2.  La oferta por tiempo limitado aplica del 1° de Enero del 2026 al 31 de Diciembre del 2026 la siguiente oferta estará disponible en Smashburger Costa Rica seleccionados.

Esta promoción cuenta con los siguientes detalles:

  • Smash Combos 

Podes elegir entre: 1 Chicken All American Burguer/ 1 All American Chesseburguer/ 3 Chicken Strips

Incluye bebida y papas
Precio: 4,990 colones

Nota: Aplica de Lunes a viernes.

Artículo3.  Por el "Reglamento" entiéndase este documento por la "Oferta por tiempo limitado" la actividad promocional que aquí se regula, por "Participante" la persona física y jurídica que cumpla a satisfacción de la Empresa, con las condiciones establecidas por este Reglamento. Es decir, la promoción es válida únicamente para personas físicas y jurídicas. 

Artículo4.  Pueden participar en esta promoción cualquier persona física y jurídicas. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.

RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES

Artículo5.  Esta Promoción NO aplica en conjunto con otras promociones Combos Ejecutivos, Smash Share, Smash Pack, Menú de Niños, promociones 2x1 o bien descuentos, alianzas comerciales y canales de venta externos establecidas por Smashburger Costa Rica.

Artículo 6.  NO aplica en plataformas de reparto como Uber Eats, Pedidos Ya y Smashburger APP. Aplica únicamente en compras gestionadas para consumir en restaurante.

Artículo 7.  No es válida la aplicación del programa de lealtad.

Artículo 8.  Imágenes con fines ilustrativos. No se permite hacer cambios.

Aplica en los siguientes restaurantes:

    • Smashburger Sabana Oeste.
    • Smashburger Plaza Amara.
    • Smashburger Lincoln Plaza.

    Artículo 9.  El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

    Artículo 10.  El organizador es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación del mismo. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste. Los Participantes son responsables de corroborar que ningún ingrediente y alimentos de Smashburger Costa Rica les pudiese producir alguna alergia y/o reacción no deseada en su organismo.

    Artículo 11.  Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

    Artículo 12.  Para mayor información o consultas se puede llamar al número (506) 4000-1366 o bien por correo electrónico a [email protected]. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento. 

    TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES

    Artículo 1.  Tarjetas de regalo Farmavalue pertenece a QZCR con cédula jurídica, 3-102-711695, empresa con domicilio en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Ofibodegas del Oeste, denominada para efectos del presente reglamento como "SmashburgerCosta Rica" y FARMAVALUE COSTA RICA S.A., cédula jurídica 3-101-644-099.

    Artículo 2.Tarjetas de regalo Farmavalue serán válidas para su respectivo uso a partir del 30 de junio 2025 hasta el 30 de julio 2026.
    Exclusivo para compras de menú general.
    Las tarjetas de regalo son exclusivas para un solo uso y no son acumulables.

    Artículo3.  Por el "Reglamento" entiéndase este documento por la "Oferta por tiempo limitado" la actividad promocional que aquí se regula, por "Participante" la persona física y jurídica que cumpla a satisfacción de la Empresa, con las condiciones establecidas por este Reglamento. Es decir, la promoción es válida únicamente para personas físicas y jurídicas. 

    Artículo4.  Pueden participar en esta promoción cualquier persona física y jurídicas. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.

    RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES.

    Artículo 5.  Quien desee participar en la presente promoción deberá, dentro del plazo de vigencia de la tarjeta, asistir a los restaurantes e indicar que desean canjear el cupón.

    No aplica en plataformas de reparto como Uber Eats, Pedidos Ya y Smashburger APP. Aplica únicamente en compras gestionadas en restaurante o para llevar. Se debe de presentar la tarjeta de regalo de manera física para hacer uso del cupón.

    Artículo 6.  No es válida la aplicación del programa de lealtad.

    Artículo 7.  Imágenes con fines ilustrativos. No se permite hacer cambios.

    Aplica en los siguientes restaurantes:

      • Smashburger Sabana Oeste.
      • Smashburger Plaza Amara.
      • Smashburger Lincoln Plaza.

      Artículo8.  Esta Promoción NO aplica en conjunto con otras promociones, Combo 5,900, Combos Ejecutivos, Smash Share, Smash Pack, Menú de Niños, promociones 2x1 o bien descuentos, alianzas comerciales y canales de venta externos establecidas por Smashburger Costa Rica.

      Artículo 9.
       El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

      Artículo 10.  El organizador es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación del mismo. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste. Los Participantes son responsables de corroborar que ningún ingrediente y alimentos de Smashburger Costa Rica les pudiese producir alguna alergia y/o reacción no deseada en su organismo.

      Artículo 11.  Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

      Artículo 12.  Para mayor información o consultas se puede llamar al número (506) 4000-1366 o bien por correo electrónico a [email protected]. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento. 

      TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES

      Artículo 1.  La promoción por tiempo limitado Shake de cumpleaños pertenece a QZCR con cédula jurídica, 3-102-711695, empresa con domicilio en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Ofibodegas del Oeste, bodega número quince, denominada para efectos del presente reglamento como "Smashburger Costa Rica".

      Artículo 2.  La oferta por tiempo limitado aplica del 1° de Enero del 2026 al 31 de julio del 2026 la siguiente oferta estará disponible en Smashburger Costa Rica seleccionados.

      Esta promoción consiste en:

      • Un Shake de cumpleaños gratis.

        NOTA: El cumpleañero debe de presentar su cédula de identidad física o en foto y visitarnos dentro de la semana de cumpleaños. La compra mínima para obtener la cortesía es de una orden de compra de 5,000 colones.

      Artículo3.  Por el "Reglamento" entiéndase este documento por la "Oferta por tiempo limitado" la actividad promocional que aquí se regula, por "Participante" la persona física y jurídica que cumpla a satisfacción de la Empresa, con las condiciones establecidas por este Reglamento. Es decir, la promoción es válida únicamente para personas físicas y jurídicas. 

      Artículo4.  Pueden participar en esta promoción cualquier persona física y jurídicas. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.

      RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES

      Artículo5.  Esta Promoción NO aplica en conjunto con otras promociones Combos Ejecutivos, Smash Share, Smash Pack, Menú de Niños, promociones 2x1 o bien descuentos, alianzas comerciales y canales de venta externos establecidas por Smashburger Costa Rica.

      Artículo 6.  No plica en plataformas de reparto como Uber Eats, Pedidos Ya y Smashburger APP. Aplica únicamente en compras gestionadas en restaurantes.

      Artículo 7.  No es válida la aplicación del programa de lealtad.

      Artículo 8.  Imágenes con fines ilustrativos. No se permite hacer cambios.

      Aplica en los siguientes restaurantes:

        • Smashburger Sabana Oeste.
        • Smashburger Plaza Amara.
        • Smashburger Lincoln Plaza.

        Artículo 9.  El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

        Artículo 10.  El organizador es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación del mismo. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste. Los Participantes son responsables de corroborar que ningún ingrediente y alimentos de Smashburger Costa Rica les pudiese producir alguna alergia y/o reacción no deseada en su organismo.

        Artículo 11.  Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

        Artículo 12.  Para mayor información o consultas se puede llamar al número (506) 4000-1366 o bien por correo electrónico a [email protected]. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento. 

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